¿Podemos reunirnos en Navidad?
En Navidad debemos continuar evitando encuentros sociales y familiares, especialmente en lugares cerrados, y reducir el número de contactos.
Siempre que sea posible, la mejor opción es reunirse al aire libre (paseando, en una terraza…).
Excepcionalmente, los encuentros con familiares o con personas allegadas para celebrar las comidas y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre y del 1 de enero quedan condicionados a que no se supere el número máximo de 10 personas, salvo que se trate de convivientes.
Se recomienda que estos encuentros se compongan de miembros que pertenezcan al mismo grupo de convivencia y, además, que no se superen los dos grupos de convivencia.
¿Y el resto de días?
Se mantienen las limitaciones vigentes en cada comunidad autónoma. En Castilla-La Mancha el límite para las reuniones es de hasta 6 personas por grupo en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, así como en espacios de uso privado, salvo que se trate de convivientes.
En un bar o restaurante, ¿pueden reunirse grupos de hasta 10 personas durante la Navidad?
No, en locales de restauración y hostelería se mantienen las medidas de seguridad -máximo de 6 personas por mesa, distancia de seguridad y uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo o bebiendo-.
¿Cuentan los niños y niñas?
Los niños y las niñas sí contarán en el cómputo total.
Durante las cenas y comidas de Navidad ¿qué medidas de protección debemos tomar?
Para minimizar el riesgo de infección en este tipo de reuniones es recomendable limitar las interacciones sociales en los 10 días anteriores a las cenas y comidas de Navidad, extremar las medidas de protección y optar por actividades al aire libre.
En estas celebraciones privadas es muy importante usar la mascarilla en espacios cerrados y mantener una ventilación constante a través de la ventana o la puerta abierta.
Durante la cena o la comida es importante servir la comida en platos individuales y no compartir cubiertos ni vasos.
En estos encuentros, se deberá tener especial precaución y cuidado con las personas en situación de vulnerabilidad frente a la COVID-19, como mayores o aquellas que tengan otras afecciones cardiacas, respiratorias etc. Además, se deben mantener las principales medidas de protección y prevención.
¿Cuáles son las medidas de protección y prevención frente a la COVID-19?
En las actividades y celebraciones que llevemos a cabo en Navidad y en cualquier otra fecha no debemos bajar la guardia. Para frenar la propagación del virus debemos tener en cuenta las principales medidas de protección:
• Lavado frecuente de manos
• Uso de mascarilla, también en reuniones en espacios cerrados
• Distancia de seguridad
• Preferencia por espacios abiertos
• Ventilación de interiores
• Reducción del número de contactos
• Quedarse en casa en caso de diagnóstico COVID-19, espera de prueba diagnóstica, síntomas o contacto estrecho
¿A qué hora debemos estar en casa los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero?
En Castilla-La Mancha se mantiene la limitación de circulación en horario nocturno que comienza a las 00:00 horas y finaliza a las 6:00 horas.
Excepcionalmente, durante la Nochebuena del 24 y la Nochevieja del 31 de diciembre esta limitación se retrasará hasta la 1:30 horas, únicamente para permitir el regreso al domicilio. En ningún caso se utilizará esta ampliación horaria para desplazarse a diferentes encuentros sociales.
La hora de finalización de dicha limitación es a las 6:00 horas.
Durante la Navidad ¿puedo desplazarme para ver a mi familia a otra comunidad autónoma?
Sí, en el periodo de días comprendido entre el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021 estarán permitidos los desplazamientos a territorios que sean lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas. Aunque la recomendación es evitar o reducir la movilidad geográfica lo máximo posible.
Se añade así, para un determinado periodo de tiempo, una excepción más a las que ya contempla la legislación vigente. Actualmente, Castilla-La Mancha mantiene su cierre perimetral, es decir, no se puede entrar ni salir de ella, únicamente en los supuestos contemplados: asistencia sanitaria y adquisición de medicamentos, cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales, cuidado de personas mayores y/o dependientes y por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
¿Y para visitar o pasar la Navidad con amigos?
Sí, la excepción que se contempla para los desplazamientos incluye familiares o personas allegadas. Por lo tanto, podrías desplazarte a la residencia habitual de aquellas personas con las que mantengas un vínculo afectivo especial, respetando en todo caso las limitaciones vigentes.
¿A la hora de realizar desplazamientos a residencias de familiares o allegados en Navidad me pueden requerir un justificante?
En Castilla-La Mancha no está previsto el requerimiento de justificante para este supuesto concreto, en todo caso sí deberá respetar el resto de limitaciones vigentes.
Soy estudiante universitario, ¿puedo volver a casa por Navidad?
Sí, puedes volver a casa pero se recomienda tomar medidas de prevención limitando las interacciones sociales en los diez días anteriores al regreso a casa y extremando las medidas de protección.
¿A la hora de hacer las compras debo tomar alguna medida de prevención?
En Navidad haz las compras en horarios de afluencia reducida en tienda y trata de organizar tus compras con antelación para evitar aglomeraciones en calles, tiendas y centros comerciales. Asimismo, es esencial el lavado frecuente de manos, el mantenimiento de la distancia de seguridad y el uso correcto de la mascarilla.
En Navidad, ¿las personas mayores podrán salir de las residencias?
En Castilla-La Mancha excepcionalmente, entre el 23 y el 30 de diciembre, sí se permitirá la salida de las personas mayores que viven en ellas para pasar la Navidad con sus familias, siempre que los centros estén libres de COVID-19 y no hayan tenido ningún caso positivo en los últimos 14 días, el residente no tenga sintomatología compatible con el coronavirus y, además, pasen toda su estancia en un solo domicilio donde no haya personas sospechosas de haber contraído la enfermedad o que no se encuentren bajo confinamiento.
Los mayores que salgan de las residencias podrán regresar a ellas a partir del día 7 de enero y también deberán cumplir las siguientes condiciones:
- La residencia deberá continuar libre de COVID.
- La persona residente no debe tener clínica sospechosa.
- Es necesaria la realización de una prueba PCR en las 48 horas inmediatas a su regreso al centro.
- Además, una vez en la residencia, deberá permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento.