Taller infantil y para adultos por el III Centenario de Antonio de Sancha
- Publicado en Biblioteca Municipal
Horario:
APERTURA 20 DE JUNIO DE 2022
Junio y Julio: De lunes a domingo.
12:30h a 20:30h
Agosto:De lunes a domingo.
12:00h a 20:00h
Aforo Máximo: 375 personas
Horario de COMPRA DE ABONOS
De lunes a viernes, de 11:30 a 14:00 horas, en la primera planta del Ayuntamiento de Torija.
Martes, en horario de tarde, de 18:00 a 20:00 horas.
El pago de los mismos se realizará mediante tarjeta bancaria.
*Importante, para poder beneficiarse del descuento de empadronad@, es obligatorio tener actualizada la tarjeta TorijaCard.
Puede actualizar o solicitar la tarjeta, en el mismo horario de los abonos.
TIPO DE TARIFA |
PRECIO EMPADRONADO/A |
PRECIO NO EMPADRONADO/A |
Abono de temporada para matrimonios con hijos/as menores de 14 años |
90 euros |
104 euros |
Abono mensual para matrimonios con hijos/as menores de 14 años |
60 euros |
69 euros |
Abono Temporada Individual |
42 euros |
48 euros |
Abono Mes Individual |
27 euros |
31 euros |
Entrada día infantil (menores de 14 años) |
2 euros |
4 euros |
Entrada día adultos/as (a partir de 14 años) |
4 euros |
6 euros |
Abono de 10 baños infantil |
16 euros |
20 euros |
Abono de 10 baños adultos/as |
24 euros |
30 euros |
REAL DECRETO -LEY 10/2021, DE 18 DE MAYO, POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES PARA PALIAR LOS DANOS CAUSADOS POR LA BORRASCA “FILOMENA”.
Con fecha 19 de mayo , se ha publicado en el BOE el Real Decreto- Ley , de 18 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por la borrasca “Filomena”, cuyo ámbito de aplicación afecta a diversas Comunidades Autónomas y adopta medidas complementarias a las contempladas en el Acuerdo del Consejo de Ministros del día 19 de enero de 2021 en el que se declara “Zona afectada gravemente por una emergencia de Protección Civil” a la Comunidad de Castilla-La Mancha entre otras.
En lo que respecta a las ayudas competencia del Ministerio del Interior, se regulan en los artículos 2,4.7 y 7 del RDL, en los que se establecen las siguientes excepciones a lo establecido en el RD 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se abre el procedimiento para su concesión:
Los modelos de solicitudes se pueden descargar desde la web del Ministerio del Interior www.interior.gob.es
Para más información consultar el RDL 10/2021 de 18 mayo 2021.
El Alcalde
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